Dispositivos digitales, vigilancia y derecho a la intimidad
Comentarios jurídicos a la STS 225/2024, de 6 de febrero
Fecha: 03 Abr 2024
Recientemente, el Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencia, por la considera que cualquier cambio en la política de uso de dispositivos digitales que afecte en la intimidad debe contar con la
participación de los representantes de las personas trabajadoras.
Por ello, el Tribunal declara la nulidad de la comunicación efectuada por la empresa, relativa al uso de los equipos informáticos propiedad de la misma y puestos a disposición de las personas
trabajadoras, así como al acceso a Internet a través de los mismos.
Por su interés, os adjuntamos el comentario realizado por el Servicio de Estudios de la Confederación, en el que se analiza la sentencia citada. Además, se realiza un breve recopilatorio
de cómo debe articularse y negociarse el uso de las herramientas tecnológicas en el trabajo, bajo una visión jurídica y social. Esperamos que os resulte de utilidad y le deis máxima difusión.
Análisis Dispositivos digitales, vigilancia y derecho a la intimidad