Canal de Denuncias Interno de UGT CANTABRIA
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción regula expresamente en nuestro país la necesidad de contar con sistemas internos de información a través de los cuales sea posible denunciar o informar sobre infracciones o irregularidades que hayan sido conocidas en un contexto laboral o profesional.
Es por ello que UGT Cantabria, en el cumplimiento de las obligaciones legales que nos son de aplicación, así como también de acuerdo a nuestro compromiso y ética profesional inherentes, ha implantado un Sistema interno de Información y Protección al Denunciante que se pone a disposición de todos aquellos conocedores de posibles hechos delictivos que hayan podido ser cometidos en el seno de nuestra Organización.
Toda la información que se reciba a través del Canal de Denuncias interno habilitado en este Sitio Web es muy valiosa para nosotros ya que, además de poder detectar y solventar posibles hechos delictivos ya acontecidos, nos va a permitir poder implementar acciones de mejora en todos nuestros procedimientos de funcionamiento y comportamiento ético.
Lo único que solicitamos como criterio fundamental para la utilización de este Canal es que los informantes actúen siempre de buena fe, respetando la verdad, y con la certidumbre o convencimiento de estar actuando correctamente, garantizando asimismo que toda la información proporcionada sea verdadera y esté actualizada. No está permitida la presentación de denuncias falsas, las cuales se podrán investigar y perseguir más de cerca por nuestra parte, adoptándose las medidas o represalias que sean adecuadas en cada caso, todo ello de acuerdo a la Política y al Protocolo que hemos definido e implantado formalmente.
En caso de que hayas tenido conocimiento o acceso a cualquier irregularidad o acto que resulte contrario a la legalidad penal o administrativa vigente, y que haya podido ser cometido dentro o por parte de nuestra Organización, puedes presentar una denuncia:
A través del formulario de contacto habilitado a continuación.: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScTPoGdMvU0Ud7bTXj6gxqQx6SRrLx…
Mediante escrito o carta dirigida a nuestro domicilio social: C/ Rualasal, 8, 39001 Santander, Cantabria.
De forma presencial, solicitando una reunión expresa con algún miembro o Responsable de la Organización en la dirección anteriormente indicada.
Puedes realizar tu comunicación tanto identificándote como de forma anónima, debiendo escoger para ello el cauce de los anteriores que más se adecúe a tus intereses.
GESTIÓN DE LAS INFORMACIONES RECIBIDAS
Nuestro Responsable del Sistema recibirá las informaciones planteadas por tu parte a través de nuestro Canal, organizándolas y remitiéndolas a las personas responsables de dirimirlas en nuestra Organización según cada supuesto concreto.
Los plazos de actuación y respuesta a las denuncias recibidas son los establecidos en nuestro Protocolo interno del Sistema, los cuales respetan todo lo establecido por la legislación vigente, siendo principalmente, y con carácter general: 1) Siete días naturales para la remisión de un acuse de recibo formal; 2) Un mes para dirimir sobre la Admisión o Inadmisión de la denuncia, y 3) Dos meses más, en caso de Admisión, para la gestión y cierre total de la denuncia con las acciones y medidas convenientes.
Todos los anteriores plazos y las debidas comunicaciones con los informantes se realizarán a través de los datos de contacto otorgados por tu parte en las comunicaciones realizadas, con las siguientes excepciones: 1) que ello pueda poner en peligro la confidencialidad de la información recibida, así como la adecuada gestión y resolución de la denuncia, 2) que la comunicación fuera anónima a elección del informante, no teniendo ningún dato de contacto disponible, o 3) salvo que el informante hubiera renunciado expresamente a recibir comunicaciones relativas al expediente.
Para proceder a la Admisión de la denuncia es fundamental que la misma se encuentre dentro del alcance del Sistema, siendo los principales casos de Inadmisión los siguientes:
- Que los hechos relatados queden fuera del ámbito de aplicación del Canal:
o Que no sean aplicables a nuestra Organización, UGT CANTABRIA.
o Que no constituyan un ilícito penal o infracción administrativa imputable directamente a nuestra Organización, no siendo constitutivos de infracción del ordenamiento jurídico vigente. - Que los hechos relatados carezcan de toda verosimilitud.
- Cuando la comunicación carezca manifiestamente de fundamento o existan indicios racionales de haberse obtenido mediante la comisión de un delito. En este último caso, además de la Inadmisión, se remitirá a las autoridades judiciales competentes una relación circunstanciada de los hechos que se estimen constitutivos de delito.
- Cuando la comunicación no contenga información nueva y significativa sobre infracciones en comparación con una comunicación anterior respecto de la cual han concluido los correspondientes procedimientos, a menos que se den nuevas circunstancias de hecho o de Derecho que justifiquen un seguimiento distinto.
Todos los datos recopilados serán tratados con absoluta confidencialidad, no revelándose fuera de los cauces formalmente establecidos. Se mantendrán en todo momento todas las medidas de seguridad y garantías requeridas por la normativa vigente en materia de Protección de Datos.